Conclusiones tras el IV Congreso Internacional sobre Justicia Restaurativa y mediación penal: del desiderátum a la realidad práctica
Los Congresos Internacionales de Justicia Restaurativa y mediación penal en Burgos surgieron con el doble propósito, por un lado de llamar la atención al legislador sobre los beneficios de la Justicia Restaurativa y conseguir una mínima regulación que nos diera mayor seguridad en nuestro trabajo diario y por otro, mostrar a los profesionales, operadores jurídicos, y al público en general lo qué es y no es esta justicia y sus diferencias con otras figuras afines. El IV Congreso que se celebró los días 17 y 18 de marzo de 2016 en Burgos, partía de una ventaja y es que ya tenemos en vigor desde octubre del 2015 el Estatuto de la víctima, en el que aunque mínimamente, es la primera vez que en España se habla de Justicia Restaurativa. Es cierto que luego el legislador se confunde y habla de mediación, pero al menos ya podemos decir que tenemos una mínima regulación sobre justicia restaurativa y que obviamente necesitará un desarrollo posterior.
Por eso, en esta edición nuestro objetivo fundamental era transmitir qué es esta Justicia Restaurativa y sus beneficios y alcances, tanto a los profesionales de la justicia, como al ciudadano e incluido el legislador. Es esencial para poder continuar avanzando.
En esta edición llegamos a 100 participantes y destacaría la conexión y empatía que se creó entre los asistentes, abogados, criminólogos, mediadores y estudiantes de las dos Universidades que patrocinaban el evento, Unir y Ubu. Una vez más el evento cubrió nuestras expectativas y se vio como la Justicia Restaurativa, es una materia que atrae aunque todavía es la gran desconocida, más allá de la mediación penal.
De hecho, el grupo de estudiantes de UNIR demostraron esta pasión por la Justicia Restaurativa redactando sus propias reflexiones tras este IV Congreso, un escrito muy interesante y que se hace necesario leer por todo el que todavía tenga reticencias sobre esta forma de abordar la justicia, mucho más humana.
En el acto de inauguración, tuvimos el honor de contar con el Excmo. presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, don José Luis Concepción, el Rector Magnífico de la Universidad de Burgos, don Alfonso Murillo, la Excma. Fiscal Superior de la Comunidad, doña Lourdes Rey, y el Excmo. Director general de relaciones con la administración de justicia don Ricardo Conde. Un honor formar parte de esta mesa inaugural, de la que puedo destacar cómo se va forjando en todas las instituciones, la necesidad de la Justicia Restaurativa. Destacaría la implicación de don José Luis Concepción, el cual habló de la futura oficina de asistencia a la víctima que en consonancia con lo que contempla el Estatuto de la víctima, incorporará la Justicia Restaurativa y ofreció como definición de Justicia Restaurativa, precisamente la que más nos gusta y no es otra que la de las Naciones Unidas, respuesta evolucionada al crimen que respeta la dignidad y equidad de cada persona, construye comprensión y promueve armonía social a través dela sanación de víctimas, infractores y comunidad.
Doña Lourdes Rey, comentó el apoyo que siempre desde la fiscalía se ha ofrecido al Servicio de Justicia Restaurativa, que opera en Burgos y como se va a seguir haciendo porque consideran que es algo esencial.
Don Ricardo Conde, habló del interés del Ministerio de Justicia en regular la Justicia Restaurativa, algo que sabemos puesto que les hemos asesorado en diversas ocasiones en temas de Justicia Restaurativa y también de mediación. Por último, don Alfonso Murillo, destacó que ya se estuviera en la IV edición de este evento, que surgió con propósito de continuar en el tiempo y de hacer de Burgos al menos cada dos años, la ciudad de la Justicia Restaurativa. Relató la necesidad de poco a poco, ir incorporando la justicia restaurativa como parte de los estudios en ramas como el derecho, trabajo social etc. Diría que es esencial para que las nuevas generaciones conozcan los aspectos beneficios de la justicia restaurativa y herramientas como la mediación penal y así abandonen la mentalidad exclusivamente litigante, que frecuentemente se enseña por lo menos en derecho. Incluso sería conveniente en otros grados como la sociología o las ciencias políticas. Es quizá una apuesta de futuro hacerlo, puesto que actualmente se empieza a ver la Justicia Restaurativa como un movimiento social e incluso una forma de vida.
La primera conferencia fue sobre Justicia Restaurativa y Justicia Transicional, don Diego Leonet nos contó su experiencia con las víctimas de la guerra civil y como la justicia transicional tiene mucho que ver con la restaurativa, ya que las familias de los desaparecidos, lo único que quieren es verdad, reparación y justicia. Esta justicia y reparación se obtiene averiguando donde están sus familiares y procurándoles un lugar donde ir a poder visitarlos. Precisamente la Justicia Restaurativa favorece esta reparación moral y hace que las víctimas se sientan respetadas, lo que piden la mayoría. Se habló de como la Justicia transicional es una respuesta política que se da en épocas de postconflictos y como medida para lograr la paz en un estado, para que sea efectiva sin lugar a dudas, sería necesario dotarla de un enfoque restaurativo que tengan en cuenta a las víctimas afectadas por los crímenes y para poder ayudarlas a sanar y así generar una paz más duradera. Se habló también brevemente de experiencias como Sudáfrica y la actual de Colombia. La gran duda es donde está el equilibrio, entre la paz del estado y por tanto el bien de la comunidad y las necesidades de las víctimas de reparación y sentirse respetadas.
La siguiente aportación fue una mesa redonda, en la que pudimos profundizar en las diferencias entre justicia restaurativa y la actual punitiva y cómo valorar si realmente nuestra sociedad es punitiva por naturaleza. En esta mesa redonda, participó el fiscal jefe de Burgos, Don Santiago Mena, la magistrada, doña Rosa Freire y el profesor de la Universidad Internacional de la Rioja, don Sergio Cámara. Durante la mesa redonda se pudo valorar como los propios jueces opinan que es necesario procurar una justicia más humana, que se centre no tanto en el castigo al infractor y sí más, en cómo ayudar a la víctima a superar el trauma de haber sufrido un delito. Altera el orden de prioridades pero eso sí, no siempre es una alternativa sino que puede ser un complemento al sistema penal.
Por eso, tanto el fiscal como el profesor comentaron las posibilidades que la legislación deja para dar cabida a los procesos restaurativos como las sentencias de conformidad, o la reparación del daño. Los procesos restaurativos harán que estas fórmulas sean más satisfactorias para las víctimas, ya que habrán tenido participación directa y no habrá sido todo gestionado por los profesionales de la justicia y sin ser tenidas en cuenta. Es importante que los operadores jurídicos, conozcan la justicia restaurativa y sus herramientas puesto que los Servicios de Justicia Restaurativa deben estar en cooperación y colaboración con ellos y con otros servicios de atención a las víctimas.
La última charla de la mañana fue a cargo de la Juez Decana de Burgos, doña Blanca Isabel Subiñas, a ella la correspondió hablar sobre el Estatuto de la víctima, esta norma incorporó a nuestro derecho interno español, la directiva 2012/29/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos. Tiene mucho que ver con la Justicia Restaurativa, puesto que es la primera vez que en España se habla de Justicia Restaurativa en una norma. Se necesitaría un posterior desarrollo, que profundice en algunos aspectos pero supone un gran adelanto para todos los que se dedican a las prácticas restaurativas. Además es importante y así lo recalcó la expositora en su charla, el hecho de que se haya incluido en una norma sobre derechos de las víctimas, ya que precisamente esta justicia surgió por el olvido de las víctimas durante el proceso penal y como forma de darla mayor participación y voz durante el proceso. Como se expuso durante su charla, este estatuto es una norma con un claro enfoque restaurativo, en su exposición de motivos se habla de ayudar a la víctima antes, durante y después del proceso, también se habla de fomentar su reparación no solo material sino también moral. Aunque supera la referencia a mediación, sí que es cierto que el legislador se confunde y aunque habla de justicia restaurativa, se refiere luego a ella, como el proceso de mediación. Una muestra de que hay que seguir trabajando para que estos conceptos empiecen a comprenderse y diferenciarse. También se expuso brevemente los derechos más importantes que recoge este estatuto para la víctima, entre ellos el de ser informada de los servicios de justicia restaurativa existentes.
La tarde comenzó con una mesa redonda en la que participaron tres criminólogos, una muestra clara de que la Justicia restaurativa se presenta como multidisciplinar. Hay que apartar la idea de que la Justicia Restaurativa es patrimonio exclusivo de personas del mundo del derecho o de la psicología. En esta mesa participaron, doña Laura Gómez, don David Buil y don Guillermo González. Laura experta, en victimología habló de los sentimientos y necesidades de las víctimas tras el delito, de cómo la justicia penal tradicional en muy pocas ocasiones satisface estas necesidades, mientras la justicia restaurativa las tiene en cuenta, las empodera, las da voz, y las permite contar su historia. Guillermo expuso los beneficios de la justicia restaurativa para el infractor, y es que el infractor es confrontado respecto de la aceptación de su responsabilidad, es decir es ayudado a ver que su acción ha causado daños, a otros seres humanos.
Este proceso de responsabilización fomenta que el infractor decida no querer delinquir porque ha visto el impacto que el delito ha tenido, la justicia restaurativa favorece el desistimiento del delito y se puede ver como un proceso que ayuda en la reinserción. Con esto obviamente todos ganamos porque como miembros de la comunidad nos sentimos más seguros, si sabemos que es menos probable que nos convirtamos en futuras potenciales víctimas de ese infractor. David profundizó en un tema muy interesante, el miedo al delito, la pérdida del sentimiento de seguridad es lo que más preocupa a las víctimas directas del delito y a la comunidad en general, como víctima indirecta. Es curioso ver, cómo a pesar del aumento de las penas, y un código penal cada vez más retributivo, los ciudadanos siguen teniendo miedo al delito y su percepción es que no hay seguridad. Por eso, la Justicia Restaurativa es una justicia diferente que se enfoca en la responsabilización del infractor y la mejor atención a las víctimas, lo cual fomentaría, sin lugar a dudas, un aumento del sentimiento de seguridad de las víctimas porque será menos probable que el infractor vuelva a delinquir y por ende, este sentimiento hará que haya menos miedo al delito.
El primer día del Congreso, finalizó con una mesa redonda variada en la que cada participante aportó un poco de sus conocimientos de justicia restaurativa, en un plano internacional. Don Carlos Pérez expuso una serie de normativa internacional a lo largo de la historia, que podríamos denominar con un claro enfoque restaurativo. Doña Lucero Ramírez, habló de la justicia restaurativa con perspectiva de género en México y su visión de la tanatología, con un enfoque restaurativo. Se cerró el día con la intervención de otro expositor mexicano, don Eduardo G. Bolaños, el cual nos habló de su trabajo desde la fiscalía con la Justicia Restaurativa. De esta forma, pudimos constatar que la Justicia Restaurativa no es algo aislado, sino que existe un movimiento internacional en aras a conseguir que la Justicia Restaurativa, ya no sea una aspiración sino una realidad.
El siguiente día comenzó con la conferencia de doña Patricia Tapia, en ella habló de la regulación existente en España, sobre justicia restaurativa o al menos de los contenidos en leyes, que indirectamente hablan de esta justicia o de alguna de sus herramientas como la mediación penal. Antes del Estatuto de la víctima, en España solo había referencias indirectas a esta justicia, que nos servían para ponerla en práctica como por ejemplo el atenuante de reparación del daño del código penal y las referencias a mediación y reparación en la ley penal del menor. Haría falta una regulación posterior que ahonde sin profundizar en exceso, para no pervertir el efecto positivo que tiene la flexibilidad de la justicia restaurativa. Sería deseable que no se limitara a delitos más leves, sino que se estuviera a cada caso concreto para valorar, si el asunto puede ser susceptible de un proceso restaurativo, primando siempre la voluntad de la víctima.
La siguiente charla a cargo de Héctor Valle, de México supuso un soplo de aire fresco para personas acostumbradas a creer que toda la justicia restaurativa se reduce a mediación. Nos habló de una herramienta restaurativa más inclusiva, los círculos.
Estos círculos restaurativos o de paz sirven no solo para gestionar un delito, sino también para favorecer la convivencia, prevenir otras conductas delictivas y en todo caso, promover un sentimiento de pertenencia al grupo de conexión. Explicó durante su exposición, todas estas posibilidades del círculo y como es más restaurativa porque no deja fuera a la comunidad como en la mediación penal.
La última conferencia de la mañana fue impartida por Santiago Quiroz, también de México y nos habló de la transición que se ha producido en su país, las reformas que se han hecho para lograr implementar la justicia restaurativa dentro México, un país como tantos otros, con una mentalidad retributiva, alejada de la visión restaurativa, al menos aparentemente. Es un reto transmitir al ciudadano pero también a los operadores jurídicos y los legisladores, lo que implica está justicia y que lejos de ser blanda con los infractores, lo que conlleva, es que es mucho más justa y más humana. La sesión de la tarde comenzó con una serie de comunicaciones sobre experiencias restaurativas en diferentes ámbitos como la cárcel, es cierto que se piensa que toda la justicia restaurativa debe ser antes de la sentencia pero también se puede tener un enfoque restaurativo con los y las privadas de libertad y como medio para favorecer su reinserción y mejor reconexión con la comunidad. También se habló de la experiencia en mediación penal de la ciudad de México y de otros estados como Sinaloa. Y del tratamiento restaurativo con los menores en conflicto de la ley, entre otras experiencias.
Se finalizó dos días intensos de Congreso, con un taller eminentemente práctico sobre iniciación a las Conferencias Restaurativas, impartido por doña Virginia Domingo. Las conferencias o reuniones restaurativas son una metodología restaurativa que junto con la mediación penal y los círculos son las más usadas en el mundo con las variaciones propias del lugar donde se aplican. Para iniciar a los asistentes, se expuso un caso práctico real y se explicó brevemente en qué consiste un proceso de conferencia, con unas preguntas básicas que ayudan a facilitar el proceso. Sin duda, un taller muy interesante para todos aquellos que no han visto de cerca ninguna práctica, más allá de la mediación penal. Quizá se quedó corto pero el propósito es que en otras próximas ediciones, se vaya profundizando en esta metodología que poco a poco se quiere implementar también en nuestro país y de hecho, ya se están dando experiencias al respecto. Tras esta IV edición del Congreso bianual e internacional que hace de Burgos, la ciudad de la Justicia Restaurativa, podemos extraer, varias conclusiones básicas que son consideradas dentro de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa, buenas prácticas y sería deseable que el legislador, en futuras normas como el código procesal penal u otras las tuviera en cuenta, para no frustrar los beneficios de esta Justicia y sus procesos.